Como una ayuda ante la pandemia por el covid-19, en Othón P Blanco no pagaran derecho de piso 886 locatarios de los cincos mercados públicos municipales durante abril y mayo.
Así lo dio a conocer José Luis Murrieta Bautista, primer regidor del Ayuntamiento de Othón P. Blanco.
El cual informó que cada locatario paga al mes aproximadamente 150 pesos por derecho de piso y recoja de basura, erogación que no efectuarán durante abril y mayo de este año.
Los mercados beneficiados son:
En el mercado Lázaro Cárdenas serán 424 locatarios los beneficiados con la exención del pago del derecho de uso de piso del local concesionado; en el “Ignacio Manuel Altamirano”, 241.
Así como 127 concesionarios en el mercado “Andrés Quintana Roo”; en el mercado “5 de Abril, 48 locales”, todos ubicados en la capital del estado; además de los 46 locatarios del mercado “Benito Juárez” de la comunidad de Álvaro Obregón.
Expresó que el cobro de derecho de piso a los locatarios de los mercados públicos municipales representa un ingreso de casi 133 mil pesos mensuales a las arcas de la Tesorería, y los dos meses exentos, representa casi 266 mil pesos.
“En la pasada sesión, los integrantes del Cabildo aprobaron por unanimidad otorgar la exención del pago del derecho de uso de piso del local concesionado a los locatarios, estímulo que entró en vigor al momento de su aprobación y hasta el 29 de mayo del presente año”.
Se tomarán medidas de Seguridad Sanitaria en los mercados públicos
Murrieta Bautista, agregó que a través de la coordinación de Mercados y Dirección de Salud municipal se tomarán las medidas de seguridad sanitarias con los locatarios de los mercados públicos con el objetivo de prevenir y evitar la propagación del Covid-19.
El Ayuntamiento de Othón P. Blanco también analiza la aprobación de una prórroga de 30 días naturales y el 50% de descuento a locatarios de los mercados municipales en renovación de los dictámenes de anuencia de protección civil.
En la pasada sesión de Cabildo, también se aprobó por unanimidad el otorgamiento de estímulos fiscales a las instituciones de asistencia privada, con motivo del pago de los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos establecidos en la Ley de Hacienda del Municipio.
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