El Tribunal Administrativo Regional del Lacio (Italia) rechazó la apelación interpuesta por Apple contra la multa de 10 millones de euros (más de 11.10 millones de dólares); impuesta en 2018 por la Autoridad Garante de la Competencia y el Mercado (AGCM, por sus siglas en italiano). Esto debido a la desaceleración programada de los dispositivos iPhone.
En 2018 la AGCM presentó una demanda en contra de la compañía estadounidense; argumentando que Apple no había advertido a los usuarios de iPhone (6.6Plus y 6s/6sPlus) que la actualización del sistema operativo iOS10.2.1 conllevaba una reducción del rendimiento de los equipos en aquellos dispositivos con baterías que no estaban al 100 por ciento de su rendimiento; o que requerían un reemplazo de batería.
De acuerdo al Tribunal, la ausencia y la insuficiencia de información acerca de las baterías de los teléfonos iPhone en las que incurrió Apple hasta diciembre de 2017 son consideradas una práctica comercial incorrecta; de acuerdo con el artículo 22 del Código del Consumidor vigente en Italia.
“La reconocida omisión de información, relacionada con una de las principales características del producto que condicionaban sus prestaciones y durabilidad; indujeron a error a los consumidores ya fuera en la decisión de compra o, sobre todo, en el uso correcto y reemplazo de dispositivos iPhone”; se lee en el fallo del Tribunal, por lo que la apelación de la empresa fue rechazada.
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