El informe precisa que de enero a diciembre del año pasado hubo mil 456 carpetas de investigación que se iniciaron ante la Fiscalía General del Estado (FGE), por robo a casa habitación, contra los mil 762 que se registraron en el año 2020.
Las estadísticas precisan que hubo una reducción del 17.36% en los expedientes de este tipo de incidencia delictiva; es decir, que se lograron bajar los índices.
Óscar Montes de Oca Rosales, Fiscal General del Estado (FGE), ha reiterado en varias ocasiones que se siguen todas y cada una de las carpetas de investigación que se tienen abiertas, para dar solución en el menor tiempo posible.
Disminuyen los robos en Quintana Roo: registran 306 casos menos
Es la Fiscalía Especializada en Atención a Robos la que se encarga de dar seguimiento a las investigaciones, para que se pueda hacer la reparación del daño ocasionado.
Respecto al delito de robo, el Código Penal del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo establece que se impondrá de seis meses a seis años de prisión y de diez a cincuenta días de multa, al que se apodere de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que pueda disponer de ella conforme a la Ley.
“No se impondrá sanción alguna, cuando el valor de lo robado no exceda de treinta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente y el culpable restituya la cosa espontáneamente y pague todos los daños y perjuicios antes de que la Autoridad tome conocimiento del delito, si no se ha ejecutado el robo por medio de violencia” resalta el Código mencionado.
De igual forma destaca que al que se le imputare el hecho de haberse apoderado de una cosa mueble ajena, sin consentimiento del dueño o el legítimo poseedor y acredite haberla tomado con el solo fin de usarla temporalmente y no para apropiársela o venderla, se le aplicará de seis a nueve meses de prisión o multa de quince a sesenta días.
“Siempre que justifique no haberse negado a devolverla si se le requirió para ello. Como reparación del daño, además, pagará al ofendido el doble del alquiler, arrendamiento o intereses de la cosa usada”, puntualiza.
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