El Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó que los contribuyentes que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal 2023 del primero al 30 de abril, y se les determine el monto de impuestos a pagar, podrán realizarlo en parcialidades.
La autoridad tributaria indicó en un comunicado que las personas físicas que deseen acceder a este esquema, tendrán el beneficio de liquidar su deuda hasta en 6 mensualidades, con la opción de realizar pagos de forma anticipada.
⭕️#Entérate | El SAT informó que, para aquellos contribuyentes que como resultado de la presentación de la Declaración Anual 2023 de personas físicas se les determine impuesto a pagar, tienen la opción de hacerlo hasta en seis parcialidades. pic.twitter.com/qUAtjmLlWB
— ElQuintanaRooMX (@ElQuintanaRooMx) April 1, 2024
Apuntó que esta medida será efectiva siempre y cuando el contribuyente realice su declaración anual en tiempo y forma dentro del plazo ya establecido, y el pago de la primera parcialidad se realice dentro de dicho periodo, indicando que se tendrán que tomar en cuenta otras cuestiones como:
- Las parcialidades se pagan a más tardar el último día del mes al que correspondan.
- Los pagos se realicen mediante instituciones de crédito autorizadas
- Se cobrarán recargos en caso de no cumplir en tiempo y forma con el pago establecido.
- La última parcialidad se deberá de cubrir antes del 30 de septiembre de 2024, incluyendo en su caso, recargos mencionados anteriormente.
- Se deberán utilizar líneas de captura que genera el sistema del SAT, al momento de presentar la declaración.
Año con año, el SAT habilita esta opción de pago anticipado, para incentivar a los contribuyentes nacionales y otorgar mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
¿Quiénes deben presentar su declaración?
El organismo recuerda que la declaración anual 2023 es obligación para los contribuyentes que pertenezcan a los regímenes de: sueldos y salarios, servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento de bienes inmuebles, enajenación o adquisición de bienes e intereses o dividendos.
Por último la institución tributaria recuerda que el último día para presentar la declaración anual 2023 será de igual forma el 30 de abril y las solicitudes de devolución también se deberán solicitar antes de esta fecha.
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