CHETUMAL, Q. ROO.- Mario Alberto Aguilar Laguardia se amparó ante el Juzgado Segundo de Distrito en contra del acuerdo emitido por la XV Legislatura, donde rechaza su continuidad como magistrado numerario del Poder Judicial.
En el listado de acuerdos de la Dirección General de Estadística Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, el caso del magistrado aparece con el número 1505/2017, fechado el 10 de octubre del presente año.
Si le otorgan la suspensión, según la jurisprudencia, será para efecto de que el Congreso Local, no nombre al nuevo magistrado hasta que se resuelva el amparo presentado por Aguilar Laguardia, quien solamente está a la espera de que la autoridad federal emita el resolutivo correspondiente.
Y es que el derecho de reelección en el cargo a favor de los magistrados, de acuerdo con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, constituye una garantía de la sociedad de contar con magistrados independientes y de excelencia que realmente hagan efectivos los principios que en materia de derecho de reelección en el cargo a favor de los magistrados, de acuerdo a la jurisprudencia administración de justicia consagra la Carta Magna.
En Quintana Roo se encuentra armonizado el texto constitucional local al federal en cuanto hace al derecho de la reelección al cargo de magistrado, cuyo procedimiento y requisitos a cumplir, se encuentran establecidos en el Artículo 101 de la Constitución local y el Artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Quintana Roo, con lo que se fortalecen su independencia, profesionalización y estabilidad laboral.
Bajo el amparo del derecho constitucional de la reelección al cargo de magistrado, es que el magistrado numerario, Mario Alberto Aguilar Laguardia hace patente su intención de continuar en el cargo por un período adicional de seis años.
Cabe recordar que Mario Aguilar Laguardia no recibió el aval de la XV Legislatura para ser reelecto como magistrado numerario del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), por seis años más.
La falta de capacitación, actualización, profesionalismo y eficiencia fueron determinantes para ello. Inclusive, de los asuntos turnados al magistrado, sólo resolvió el 68 por ciento.
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