PLAYA DEL CARMEN. Q. ROO.- Los integrantes del Cabildo de Solidaridad aprobaron el proyecto de decreto por el cual se reforma la Constitución Política del Estado de Quintana Roo, que contempla la rendición de cuentas del fiscal general del estado y del fiscal especializado en Combate a la Corrupción ante el Poder Legislativo.
Al respecto, la presidenta municipal, Samaria Angulo Sala, señaló que el respaldo a estas modificaciones a la ley del estado obedecen al mandato ciudadano de la rendición de cuentas de los funcionarios públicos en los diferentes niveles de gobierno.
En Solidaridad hemos respaldado esta propuesta de la XV Legislatura porque no se consideraba con claridad en la ley que deberían de presentar informes anuales; con esta decisión, en caso del respaldo en la mayoría de los municipios, se modificarán las normatividades de las fiscalías mencionadas”, indicó.
Esta reforma contempla la modificación del Artículo 96 de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo, para efectos del artículo 164 de la misma, a fin de que el fiscal general del estado y el fiscal especializado en Combate a la Corrupción, presenten anualmente un informe de actividades a la Legislatura, y asistan cuando sean citados a informar sobre algún asunto en particular referente a su gestión, haciéndose esto de manera que no cause perjuicio a las investigaciones o a las funciones de Ministerio Público.
En el caso del fiscal general, también comparecerá ante la Comisión de Justicia en los términos que disponga la ley en la materia, y deberá remitir por escrito un ejemplar de dicho informe anual al titular del Poder Ejecutivo del Estado.
Para la figura del fiscal especializado en Combate a la Corrupción, esta reforma considera que deberá de cubrir los mismos requerimientos para ser fiscal general y durará en su cargo siete años sin posibilidad de reelección, teniendo también la obligación de presentar un informe anualmente y deberá comparecer ante la Comisión Anticorrupción, Participación Ciudadana y Órganos Autónomos del Poder Legislativo, en los términos que disponga la ley en la materia.
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