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en Lo + Relevante, México, Portada, Sociedad
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CIUDAD DE MÉXICO.- Luego de que el pasado 15 de marzo, al empresario y precandidato a la presidencia de la República en 2018, Carlos Mimenza Novelo, se le dictara una condena de ocho meses y dos días de cárcel sin derecho a sustitución de pena, tras haber sido hallado culpable, el 13 de marzo, del delito de amenazas, con la agravante de tratarse de ataques a la libertad de expresión, en agravio del comunicador, Amir Ibrahim Mohamed, este fin de semana un tribunal de alzada confirmó la sentencia.

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Como se recordará, el pasado 13 de marzo, en el Centro de Justicia Penal Federal, con sede en Cancún, la juez de Distrito especializada en sistema penal acusatorio, Verónica Gutiérrez, indicó que una vez valorados los elementos de prueba, habiendo escuchado a las partes y luego de deliberar en privado, concluyó que Mimenza Novelo era “plenamente responsable” del delito de amenazas, como autor material de siete mensajes enviados a Ibrahim Mohamed, vía celular, el 8 de julio de 2017.

Los mensajes del autonombrado líder de autodefensas en Quintana Roo, produjeron al comunicador, director de un periódico y fundador de un portal digital en la entidad, un daño psicológico y material que le obligaron a él y a su familia a desplazarse a otro estado para ser protegidos, lo que afectó su dinámica de vida y alteró su modo de ejercer el periodismo.

Esto último tuvo una afectación adicional a la esfera colectiva, toda vez que la libertad de expresión es, subrayó la juez, un derecho fundamental individual, pero también colectivo.

La sentencia dictada aquel día constituyó el primer fallo condenatorio en México, por delitos cometidos contra la libertad de expresión, dentro del nuevo sistema penal acusatorio.

Condena

Tres días después, luego de haber sido declarado culpable de delito cometido contra la libertad de expresión, en un hecho histórico, la juez Verónica Gutiérrez dictó una condena de ocho meses y dos días de cárcel sin derecho a sustitución de pena al empresario Carlos Mimenza; además, recibió una amonestación y se le ordenó la reparación del daño a la víctima, así como al Estado, es decir, deberá resarcir los recursos que este utilizó al aplicar las medidas de protección al comunicador.

Esta resolución fue histórica pues nunca antes se había logrado un fallo condenatorio en el nuevo proceso penal acusatorio por algún delito cometido en contra de la libertad de expresión.

Cabe mencionar que, adicionalmente, se dictaron medidas cautelares, por lo que Mimenza Novelo acercarse ni a la víctima ni a sus familiares, domicilios o trabajos, además no podía salir del país, aunque esta última medida fue apelada y concedida a favor del inculpado.

Carlos Mimenza Novelo, en pleno ejercicio de sus derechos, apeló además en aquel entonces la decisión del Tribunal Enjuiciador, por lo que la sentencia no fue ejecutada.

Se confirma sentencia

Tras la apelación por parte de la defensa de Carlos Mimenza Noevalo, este fin de semana la sentencia que lo declaró culpable fue confirmada por tres magistrados de un tribunal de alzada.

“Se confirma la sentencia apelada”, se leyó en el documento.

El delito

Durante la audiencia de juicio oral, celebrada el pasado 13 de marzo de las 14:45 a las 16:41 horas, la juzgadora fundamentó su resolución, respecto a los hechos ocurridos el ocho de julio de 2017 -denunciados y materia del juicio- cuando Amir Ibrahim conducía su auto, de Cancún hacia Playa del Carmen y recibió una serie de mensajes provenientes del celular de Carlos Mimenza, a las 17:05 horas.

“Ten cuidado por dónde te mueves… que te tengo vigilado; lo que tú haces por la espalda, yo te lo voy a hacer de frente”, decía el primero de esos mensajes, citados por la juez.

“Primera advertencia” -fue el segundo mensaje- “Y guarda la pantalla para que guardes las pruebas de mi promesa”, fue la tercera amenaza.

Horas después, a las 23 horas aproximadamente, Ibrahim Mohamed recibió un cuarto mensaje:

Ya van a empezar los contraataques cibernéticos. Voy a acabar con todos ustedes. Contraté a toda la plantilla de Anonymous para devolverles el ataque que me hicieron, pero a ti te voy a dar trato especial para que veas lo que es amar a Dios en tierra de fariseos. Cada paso que des tú y todo tu ámbito personal estará bajo vigilancia. Al igual que el bastardo”, citó la juez, quien dio lectura a otros tres mensajes.

Se mencionaron los alegatos de la defensa, encabezada por el abogado, Leonardo Kumul, quien acusó presuntas violaciones al debido proceso, como la presentación de testimonios “de oídas”, violación a la cadena de custodia, embalajes y medios materiales; su indebido resguardo y la violación a las técnicas de investigación, que dieron pie para que invocase el principio de duda razonable.

Gutiérrez Fuentes explicó el valor probatorio de las 23 pruebas y 17 testimonios presentados por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), que incluyeron familiares, colaboradores, policías federales y peritos especializados en informática y telecomunicaciones; psicología y análisis de contenido, así como las ocho documentales exhibidas.

En el caso de los mensajes, detalló que fueron extraídos de dos celulares, por un perito que es ingeniero en electrónica, autor de 20 dictámenes mensuales, quien los colocó en un disco compacto puesto en resguardo como parte de la carpeta de investigación.

Para determinar si esos mensajes podían ser catalogados como amenazantes, se echó mano de un perito en psicología, con Maestría en Criminología, cuya conclusión fue que, con ellos, se pretendió “dominar”, “amedrentar” y “advertir de un posible daño” al receptor, y que evidenciaban que el emisor o autor “se siente impune”, toda vez que reta a quien lo recibió, a guardar la prueba de la amenaza.

En cuanto a la valoración psicológica practicada comunicador en octubre de 2017, aclaró que si bien para esa fecha no se encontró un daño emocional o psicológico grave, fue porque contó con una red de apoyo, no sólo familiar y gremial, sino en la autoridad, a través del Mecanismo de Protección Federal para Periodistas.

Sin embargo, también se concluyó que a partir de recibidos los mensajes, el comunicador presentó ansiedad, un desequilibrio emocional, miedo, irritabilidad y frustración.

Gutiérrez Fuentes añadió que el sentenciado, como autor de mensajes amenazantes, buscó “limitar” el derecho a la Libertad de Expresión de la víctima e informó que mañana se dará a conocer el alcance de su condena, durante la audiencia de individualización de la pena.

Comunicador celebra histórico fallo

Luego de que el 15 de marzo se le dictara condena a Carlos Mimenza Novelo, Amir Ibrahim destacó que este hecho sentaba un precedente histórico en el país.

“Da un claro mensaje para todos aquellos que atenten contra los compañeros y atenten contra la libertad de expresión en México”, señaló.

Deja en claro que la justicia puede y debe alcanzar a todos aquellos que amenacen, violenten e intenten atentar contra la libertad de expresión en México”, expresó.

Aplaudo la valentía de la Jueza Federal Verónica Gutiérrez Fuentes, ya que su sentencia no sólo hace justicia a un servidor, sino que contribuye a todos los comunicadores del país y a todos aquellos hombres y mujeres que quieran ejercer libremente su libertad de expresión”, agregó.

Resaltó que su caso puede ser usado como un precedente para ayudar a otros compañeros periodistas que buscan justicia por agresiones en el ejercicio de su profesión.

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