La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las escuelas privadas, desde preescolar hasta secundaria, no pueden negar la reinscripción de sus estudiantes bajo el argumento de que se reservan el derecho de admisión.
Esta resolución de la Corte ya es de carácter obligatorio cuando padres de familia recurran a tribunales para impugnar la decisión de colegios que rechacen a sus hijos sin presentar una justificación debida.
“No resulta válido, en ningún caso, que los planteles educativos particulares del tipo básico adopten posturas normativas, publicitarias, contractuales o de facto, en las que se reserven de forma abierta y arbitraria el derecho de admisión de los educandos”, determinó la SCJN.
Con esto, ninguna escuela privada puede negar la reinscripción a un estudiante si está al día con el pago de colegiatura y aprueba el ciclo escolar anterior.
Esta determinación surgió a propuesta del ministro Jorge Pardo, a fin de amparar a dos alumnos de San Luis Potosí, contra la negativa de la escuela Centros Educativos Mi Colegio para reinscribirlos en 2019 a primero y sexto de primaria.
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