Aprueba gobernador de Q. Roo ampliación a subsidios fiscales ante situación sanitaria

CHETUMAL, Q. ROO.- A través de la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan), se dio a conocer la ampliación de estímulos fiscales autorizada por el gobernador  Carlos Joaquín para aminorar y contener el impacto que pueda ocasionar la emergencia sanitaria del coronavirus a las finanzas públicas estatales.

Al respecto, la titular de la Sefiplan, Yohanet Torres dijo que con la finalidad de impulsar la economía y como parte de la segunda etapa del Plan Juntos Saldremos Adelante, es que se implementan estas medidas.

La fortaleza económica de Quintana Roo está a prueba, el gobernador Carlos Joaquín ha reconocido  que la ventaja competitiva estará en quienes tomen medidas serias para aliviar y salir más rápidamente de esta situación sanitaria y financiera”, expresó.

La presente administración brinda una respuesta fiscal coordinada para apoyar a los contribuyentes, empresarios y empleadores

Esta segunda etapa del Plan continúa el 100% de descuento en Tenencia Vehicular durante todo el año, para los que estén sin adeudos o vehículos nuevos no mayor a 30 días de la fecha de factura.

Para los ciudadanos que no estén al corriente con sus pagos en Tenencia Vehicular el descuento del 50% se amplía al mes de mayo y el 40% para los morosos de junio a diciembre.

Emplacamiento vehicular

Es importante mencionar que se suspende el emplacamiento vehicular durante los meses de abril y mayo, reanudando en el mes de junio; durante este periodo se podrán hacer los pagos de derechos sin actualización, recargos o multas.

Además, se mantiene el 50% de descuento en la expedición o renovación de las licencias de conducir para los residentes en el municipio de Othón P. Blanco. De igual manera en el caso de las Licencias de Bebidas Alcohólicas se amplía el plazo hasta mayo, los beneficios contenidos en el decreto de subsidios fiscales vigentes.

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Entre otros plazos, se difiere la presentación de las declaraciones y el pago de los meses de marzo, abril y mayo de 2020, a los meses de octubre, noviembre y diciembre. Sobre las contribuciones relacionadas con Impuesto Sobre Nóminas, Impuesto al Hospedaje, Impuesto al Libre Ejercicio de Profesiones e Impuesto Sobre Extracción de Materiales del Suelo y Subsuelo; los pagos diferidos a que se hace referencia no generarán recargos ni actualizaciones; así como, tampoco serán objeto de multas por extemporaneidad.

Por otra parte, a aquellos contribuyentes que opten por presentar en tiempo y forma las declaraciones y el pago del Impuesto Sobre Nóminas, Impuesto al Libre Ejercicio de Profesiones e Impuesto Sobre Extracción de Materiales del Suelo y Subsuelo de los meses de marzo, abril y mayo de 2020, se les otorga un subsidio del 20% de descuento.

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