Tras una inspección, la Profepa consignó los ejemplares por no acreditar legal procedencia; algunas son especies con protección especial o amenazada
PUERTO MORELOS, Q. Roo.- Por no acreditar la legal procedencia, un total de 199 ejemplares de vida silvestre fueron asegurados de la Unidad de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA) “Santuario Toolok-Kaa’n”, ubicada en el Municipio de Puerto Morelos, Quintana Roo.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) informó en un comunicado que, como parte del operativo para combatir el Tráfico Ilegal de Ejemplares, Partes y Derivados de Fauna Silvestre, Terrestre y Marina, realizó una visita de inspección a las instalaciones de la UMA “Santuario Toolok-Kaa’n” para verificar la documentación sobre su colección de ejemplares.
Dado que los responsables de la UMA no exhibieron documentación que avalara la legal procedencia de los animales, se llevó a cabo el aseguramiento precautorio de 185 ejemplares de iguana verde, un ejemplar de cocodrilo de pantano, ocho ejemplares de tortuga jicotea y cinco ejemplares de boa constrictora.
ANIMALES ASEGURADOS
- 185 iguanas verdes
- 1 cocodrilo de pantano
- 8 tortugas jicoteas
- 5 boas constrictoras
Una vez levantada el acta administrativa y aplicada la medida de seguridad mediante el aseguramiento de las especies, éstas quedaron en depósito de la UMA, mientras se resuelve su situación jurídica.
Cabe señalar que las especies iguana verde y cocodrilo de pantano se encuentran enlistadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 en el estatus de protección especial, así como la especie boa constrictor, la cual se encuentra en estatus de Amenazada (A).
Las violaciones a los preceptos de la Ley General de la Vida Silvestre (LGVS) y su Reglamento podrán ser sancionadas administrativamente con multa por el equivalente de 20 a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización.
Asimismo, dichas conductas pueden derivar en la configuración de un delito penal conforme a lo establecido en el artículo 420 fracción IV del Código Penal Federal, que establece la imposición de una sanción de uno a nueve años de prisión y el equivalente de 300 a 3 mil días de multa a quien realice cualquier actividad con fines ilícitos con especies consideradas endémicas, amenazadas, en peligro de extinción, sujetas a protección especial o reguladas por algún tratado internacional del que México sea parte.
Foto: El Quintana Roo.mx
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