CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) sigue con la aplicación de sanciones a diversos agentes económicos.
Ahora fue a Mexico Multifamily Fund VIII (MMF), Invex, CIbanco, HSBC y Monex, a los que impuso multas por 365,000 pesos a cada uno. Pero también, por primera ocasión, a un notario público, al número 151 de la Ciudad de México, al que aplicó una sanción por 8 millones 545,000 pesos.
El motivo: acreditarse su responsabilidad por cerrar y formalizar, respectivamente, una concentración que no tenía la aprobación de la autoridad de competencia.
La comisión detalló que, en abril del 2016, el pleno autorizó que CIM Group Acquisitions y Compass Group Holdings adquirieran seis inmuebles de fideicomisos operados por la división fiduciaria de HSBC México. La operación, señaló, se aprobó en los términos en que fue presentada.
Sin embargo, meses después, cuando los agentes económicos intentaron acreditar que la transacción autorizada se había concretado, la comisión se percató de que la compradora era Mexico Multifamily Fund VIII, propiedad de CIM Group, pero sociedad distinta a la autorizada y que no contaba con la respectiva aprobación para realizar dicha concentración.
“Es decir, MMF y CIM Group Acquisitions son sociedades distintas, aun cuando pertenecen al mismo grupo económico: CIM Group”, puntualizó.
Agregó que, por su parte, el notario público número 151 de la Ciudad de México formalizó la transacción a través de seis instrumentos notariales, sin observar que MMF no era parte de los agentes autorizados por la Cofece.
La omisión de notificar una concentración cuando por ley debe hacerse, impide a la comisión ejercer sus funciones de prevención, que son de gran importancia para proteger de manera efectiva que no se generen concentraciones indebidas en los mercados”, argumentó.
Agregó: “Los fedatarios son una pieza fundamental de este sistema de prevención al estar obligados, como parte de su función auxiliar del Estado, a verificar que las operaciones se ajusten a los previsto por la ley y, en caso de que no sea así, se abstengan de formalizarlas”, expuso.
La Cofece precisó que una concentración es la fusión, adquisición del control o cualquier acto por virtud del cual se unen sociedades, asociaciones, acciones, partes sociales, fideicomisos o activos en general que se realice entre competidores, proveedores, clientes o cualquier otro agente económico.
En este sentido, recordó que las concentraciones deben ser notificadas a la comisión, entre otros casos, cuando el monto de la operación supere 18 millones de veces el salario mínimo general diario vigente para la Ciudad de México.
Asimismo, añadió, los notarios que formalicen con escrituras aquellas operaciones que rebasen los umbrales que marca la ley y no hayan sido autorizadas por la comisión serán sancionados hasta con 180,000 salarios mínimos.
Hace menos de un mes, la Cofece dio a conocer que multó a cuatro afores (Sura, XXI Banorte, Principal y Profuturo GNP) por 1,100 millones de pesos, por prácticas monopólicas.
Además, investiga posibles prácticas de este tipo en el mercado de intermediación de valores de deuda emitidos por el gobierno mexicano. Aquí se ha ventilado que algunos bancos de los más importantes estarían en dicha indagación. (Fuente: El Economista).
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