El gobierno no puede expedir permisos comerciales para cultivarlo desde hace 3 años pero aún debe dictaminar sobre su potencial daño al medio ambiente
CIUDAD DE MÉXICO.- Un magistrado federal confirmó que el gobierno no puede expedir permisos comerciales para maíz transgénico, medida que mantiene congelada a esa industria desde hace tres años.
Armando Cortés Galván, titular del Primer Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa, negó el 14 de octubre a cuatro empresas agroindustriales el amparo que promovieron contra las “medidas cautelares” decretadas el 8 de marzo por el también magistrado Benjamín Soto Sánchez contra el maíz genéticamente modificado.
Lo único que Soto autorizó fue que el gobierno emita permisos en fases experimentales o de proyectos piloto, sujetos a múltiples medidas de contención, y Cortés consideró que la medida es correcta, no viola derechos de las empresas y debe prevalecer tal cual fue dictada.
Las empresas Monsanto, Syngenta, Dow AgroScience y PHI, filial de Dupont, tendrán que promover ahora un recurso de revisión ante un tribunal colegiado en materia civil, que tendría la última palabra, a menos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atraiga el caso.
“Esas acciones deben decidirse en virtud de la sospecha de que involucra un riesgo para la comunidad que se desarrolle o siga desarrollando una actividad, aun cuando no exista suficiente evidencia científica sobre el particular”
Cortés afirmó que la mera sospecha sobre los supuestos efectos dañinos del maíz transgénico basta para restringir su uso, y se negó a examinar la evidencia científica aportada por las empresas, por considerar que dicho análisis no corresponde a un expediente de medidas cautelares.
“El derecho fundamental a un medioambiente sano debe regirse por el principio de precaución, el cual tiene como finalidad evitar los efectos de riesgo que pudieran llegar a causarse a la biodiversidad, estableciendo medidas de control que eviten la degradación de la naturaleza”, apuntala la sentencia.
“Es decir, esas acciones deben decidirse en virtud de la sospecha de que involucra un riesgo para la comunidad que se desarrolle o siga desarrollando una actividad, aun cuando no exista suficiente evidencia científica sobre el particular”.
Las medidas cautelares fueron dictadas en 2013 por el Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil, a raíz de una acción colectiva iniciada por un grupo opositor a los transgénicos.
En agosto de 2015, el Juzgado revocó las medidas por considerar que no hay evidencia científica del daño del maíz transgénico, pero el grupo inconforme apeló, con lo que dichas medidas se mantuvieron vigentes y luego fueron modificadas por el magistrado Soto Sánchez.
El Juzgado, sin embargo, no ha dictado sentencia de fondo en la acción colectiva, es decir no ha emitido una declaración que resuelva sobre el daño o no que los transgénicos provocarían al medio ambiente nacional.
Por tanto, Cortés Galván consideró que es en esa sentencia donde el Poder Judicial deberá pronunciarse sobre las pruebas aportadas por las empresas para rechazar los daños que alegan los demandantes.
“El magistrado responsable pasó por alto los informes rendidos por el gobierno federal, de los cuales se desprende que México importa más de 10 millones de toneladas de maíz genéticamente modificado anualmente”, lamentaron las empresas en el amparo que fue negado.
“Así como que en más de 15 años de presencia de aquél en territorio nacional no se ha generado algún caso de amenaza o riesgo al medio ambiente”.
Foto: Agencia Reforma
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