CIUDAD DE MÉXICO.- Este día, la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio a conocer la resolución del Pleno, respecto a la Ley de Movilidad de Quintana Roo.
Determinó que son válidas las normas de esta ley, toda vez que no invaden atribuciones, en materia de tránsito y validad, del municipio de Solidaridad, ni transgreden su libre administración hacendaria.
En lo relativo a las competencias en materia de tránsito y vialidad, la SCJN validó preceptos que establecen que, entre otros aspectos, la distribución de facultades para la expedición de licencias para conducir; la regulación de vías públicas y el tránsito por vías primarias; las facultades del director de Tránsito del Estado, así como la normativa aplicable para la imposición de multas de tránsito”.
La determinación, luego de que el Ayuntamiento de Solidaridad alegara afectaciones a la hacienda municipal.
El Pleno de la Corte determinó que son válidas las normas de la Ley de Movilidad de Quintana Roo toda vez que no invaden atribuciones, en materia de tránsito y validad, del municipio de Solidaridad, ni transgreden su libre administración hacendaria. pic.twitter.com/ELH2yE5AAw
— Suprema Corte (@SCJN) May 18, 2020
Al respecto, el Pleno estableció que si bien forman parte de dicha hacienda los ingresos que las legislaturas de los estados establezcan a favor del municipio, el servicio de transporte no es exclusivo de este.
Por lo tanto, considera que no violada a competencia ni afectada la hacienda municipal por haber dejado de percibir lo correspondiente a los servicios públicos de transporte.
VALIDACIÓN
La SCJN reconoció, entonces, la validez de la reforma a la primera parte del párrafo cuarto del artículo 3, las fracciones XLI y LVIII del artículo 5, la fracción XXX, inciso a) del artículo 25, las fracciones VII y VIII del artículo 38.
La derogación de las fracciones I, IV y VII del artículo 39; así como la adición a los artículos 89, 205, 207, fracciones II, IV y IX, 216, 217 y 240; todos de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo, publicadas mediante decreto 298, en el Periódico Oficial del Estado (POE), el 16 de enero de 2019.
El municipio de Solidaridad promovió una controversia constitucional (121/2019) en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo del estado, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo.
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