Este jueves 15 de junio, diputados de la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad aprobaron con 24 votos a favor y 11 en contra un dictamen que plantea reformar las leyes federales de Protección al Consumidor, y de Competencia Económica con el fin de regular los mecanismos utilizados por las empresas dedicadas a la venta de boletos.
Dicho documento avala que de ser cancelado un evento o espectáculo, la ‘boletera’ que vendió los accesos para entrar, deberá devolver al consumidor el importe completo que se cobró por el servicio de entretenimiento dentro de un lapso no mayor a 30 días naturales siguientes a la fecha del anuncio de cancelación.
Asimismo, la reforma a la Ley Federal de Protección reitera que la devolución del dinero se realizará por el mismo medio de pago que se utilizó en la compra, sin que el consumidor tenga necesidad de hacer la solicitud.
De igual manera, se estableció que si los eventos son pospuestos a una nueva fecha, el consumidor podrá decidir asistir con el mismo boleto o solicitar su reembolso dentro de los 30 días naturales al anuncio de la nueva fecha alternativa.
“Salvo en los casos que el prestador del servicio carezca de datos para la identificación del consumidor o de la cuenta de éste para procesar el reembolso, en cuyo caso el consumidor tendrá un plazo de 30 días naturales para solicitarlo a partir del anuncio de la cancelación”, especifica el dictamen.
Finalmente, se señala que los proveedores de espectáculos públicos no ofrecerán accesos que puedan sobrepasar al número de lugares disponibles donde se llevará a cabo el evento, tal y como ocurrió con Ticketmaster para el concierto de Bad Bunny en el Estadio Azteca.
Sé el primero en comentar