El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley General de Salud para establecer que los aceites y grasas comestibles, así como los alimentos y bebidas que no sean alcohólicas, no puedan contener en su presentación para venta al público, aceites parcialmente hidrogenados, conocidos como grasas trans, que hayan sido añadidos durante su proceso de elaboración industrial.
Dichos cambios aprobados son el adicionar el artículo 216 Bis a la citada ley, mientras que será la Secretaría de Salud la dependencia encargada de establecer las bases de regulación para los ácidos grasos trans de producción industrial.
A su vez, se determina que no se podrá exceder dos partes de ácidos grasos trans de producción industrial por cada cien partes del total de ácidos grasos, el alto consumo de grasas trans, aumenta considerablemente el riesgo de muerte por cualquier causa en 34%, y por cardiopatías coronarias en 28%; así como el riesgo de aparición de cardiopatías coronarias en 21%.
La iniciativa, deriva del objetivo de regular las grasas trans hasta eliminarlas en 2025, la nueva propuesta surgió a un año de que entrara en vigor el etiquetado frontal de alimentos.
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