El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el 7 de junio, en su edición vespertina, la reforma por la que se sancionan y prohíben las terapias de conversión en México. Esta medida, que entra en vigor hoy, incluye multas, penas de prisión e inhabilitación profesional para quienes cometan estos delitos.
La nueva legislación tiene como objetivo proteger el libre desarrollo de la personalidad de las personas, así como garantizar que no se obstaculice, restrinja o suprima su orientación sexual, identidad o expresión de género. Además, busca asegurar el respeto a los derechos humanos y prevenir prácticas discriminatorias y coercitivas contra cualquier individuo por su orientación sexual o identidad de género.
La reforma estuvo en pausa durante dos años en el Congreso, pero el 23 de marzo, la Cámara de Diputados la aprobó con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones. En octubre de 2022, había sido aprobada en el Senado, lo que marca un importante paso en la protección de los derechos de la comunidad LGBTQ+ en México.
Esta medida legislativa representa un avance significativo en la lucha contra la discriminación y la violencia hacia las personas LGBTQ+, así como en la promoción de la igualdad y el respeto a la diversidad en el país.
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