CHETUMAL, Q. ROO.- La asociación Transparencia por Quintana Roo A.C., dio a conocer que interpuso una denuncia ante el H. Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Quintana Roo, contra los municipios de Tulum y Puerto Morelos, sustentado en los Artículos 109 y 113 Constitucionales y los Artículos 90, 91, 92 y 93 de la Ley de Responsabilidades Administrativas.
Lo anterior luego de denuncias ciudadanas por irregularidades observadas en las actuales administraciones y derivado de las investigaciones realizadas en los municipios mencionados.
En el caso de Tulum, se interpuso una denuncia por faltas en los procesos en adquisiciones de bienes y servicios revisadas en cuatro casos en los que se observan compras injustificadas, así como omisiones a la Ley de Transparencia del Estado, al no publicar en el portal oficial de ese ayuntamiento, el uso y destino de dicho recurso.
De acuerdo a los documentos presentados, los gastos fueron para acabados, iluminación de promoción eléctrica, canastas navideñas y un servicio de diseño, instalación y desmontaje de ornamentos navideños, y la suma total de las pruebas presentadas es de 8.6 millones de pesos.
A partir de la revisión del caso, la ciudadanía se percata que este recurso no fue aplicado para satisfacer las necesidades reales de la ciudadanía, incumpliendo con ello en su deber como Organismo Público.
Puerto Morelos
Por otra parte, en el caso de Puerto Morelos, la demanda es por un presunto “Desvío de Recursos”, por la ejecución de un programa irregular, en el que la autoridad no transparenta la legalidad y validez del mismo, denominado “Programa Institucional de Gestión Social”, pues no está incorporado en los Programas Municipales 2016-2018, aprobados por el Ayuntamiento.
Asimismo, este programa se utilizó para beneficiar a una funcionaria del mismo Municipio, otorgándole de las arcas municipales la cantidad de 32 mil pesos a la Directora General de Participación Ciudadana, quien no pertenece a un sector vulnerable ni está en situación de necesidad como para ser beneficiaria de un programa social, cometiendo una falta administrativa por beneficiarse de su encargo para sí misma.
Por lo tanto, en ambos casos Transparencia por Quintana Roo, A.C., se sujeta al Artículo 109 Constitucional que indica que los servidores públicos y particulares que incurran en responsabilidad frente al Estado, es decir algún tipo de “faltas administrativas” serán sancionadas.
Por otro lado, el Artículo 113 Constitucional, expone los mecanismos para la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos a través de los órganos y Comités vinculados al Sistema Nacional Anticorrupción.
Y por último, destacan los Artículos 60: habla sobre el enriquecimiento oculto u ocultamiento de Conflicto de Interés, Articulo 90: expresa que deberán observarse los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, congruencia, verdad material y respeto a los derechos humanos. Artículo 91: expone que toda investigación por la presunta responsabilidad de Faltas administrativas iniciaran de oficio, por denuncia o derivado de la auditoria. El Artículo 92: instruye que cualquier interesado pueda presentar denuncias por presuntas Faltas administrativas…; Articulo 93: indica que para presentar la denuncia deberán presentarse datos o indicios que permitan advertir la presunta responsabilidad administrativa por la comisión de Faltas administrativas.
De lo anterior, Transparencia por Quintana Roo, A.C., como organismo ciudadano que vigila el correcto ejercicio del Derecho al Acceso a la Información, así como la Transparencia como vehículo para mitigar la corrupción, está plenamente facultado para dar seguimiento a estas denuncias ciudadanas y proceder legalmente a fin de coadyuvar en la vigilancia del buen desempeño de la Administración Pública.
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