Renato Ibarra sería condenado a 40 años de prisión por tentativa de feminicidio

Este domingo Renato Ibarra tuvo su primera audiencia en el reclusorio Norte luego de que lo trasladaran acusado de golpear a su esposa Lucely Chalá, con 10 semanas de embarazo, y a su cuñada Ana Karen. 

La jueza de oficio Esperanza Medrano señaló que tanto Renato Ibarra como las otras cinco personas implicadas -tres hombres y dos mujeres– son acusados feminicidio, en grado de tentativa y tentativa de aborto por lo que se les dictó prisión preventiva oficiosa y cuentan con seis días para presentar pruebas.

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Por varios cargos

Los primeros informes indicaban que Renato Ibarra sería investigado por violencia familiar en condición de violencia física, acusación que implica una condena menor.

Sin embargo, por la nueva acusación por tentativa de feminicidio, en caso de comprobarse, podría ser condenado a entre 10 y 40 años de prisión.

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¿Qué dice la ley?

De acuerdo al Código Penal de la Ciudad de México, el feminicidio está penado entre 20 y 50 años de prisión, sin embargo, si entre la víctima y el autor del crimen existió alguna relación sentimental, la condena va de 30 a 60 años.

A quien cometa feminicidio se le impondrán de veinte a cincuenta años de prisión. Si entre el activo y la víctima existió una relación sentimental, afectiva o de confianza; de parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad, y se acredita cualquiera de los supuestos establecidos en las fracciones anteriores, se impondrán de treinta a sesenta años de prisión”, indica el Código Penal de la CdMx en el artículo 148.

Trasladan a Renato Ibarra al Reclusorio Norte – Especial

Dado que la acusación que se manejó en la audiencia sobre el jugador del América es por tentativa de feminicidio. la condena que enfrentaría, en caso de ser declarado culpable, es de 10 a 40 años de prisión.

La punibilidad aplicable a la tentativa, será de entre una tercera parte de la mínima (30) y dos terceras partes de la máxima (60), previstas para el correspondiente delito doloso consumado que el agente quiso realizar”, se menciona en el Código Penal de la CdMx.

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