Reparto de utilidades: ¿Sabes cuándo te lo deben pagar?

Durante el mes de mayo, los trabajadores de algunas empresas tienen derecho al reparto de utilidades (PTU), mismo que deberá ser otorgado por el patrón a sus empleados por su participación activa dentro de la empresa.

Las utilidades constituyen un derecho constitucional de los trabajadores, que les permite recibir una parte de las ganancias obtenidas por la empresa a lo largo de un año, derecho que aplicará para empleados que hayan firmado un contrato con una empresa o un patrón.

De este modo, quienes estén contratados por una empresa, deberán recibir esta prestación antes del 30 de mayo, mientras que quienes hayan sido contratados por un patrón (persona física), la recibirán antes del 29 de junio.

La fecha límite para el pago del PTU es el 30 de mayo para personas morales y 29 de junio para las físicas.

Para ello, las empresas deberán haber generado utilidades netas de 300 mil pesos o más, de acuerdo con su declaración fiscal, además de que deben tener más de un año de estar en funcionamiento.

La Ley Federal del Trabajo reformó las reglas sobre el reparto de utilidades; ahora el pago deberá hacerse en dos partes iguales. En la primera, el dinero se reparte equitativamente entre todos los trabajadores, teniendo en cuenta el número de días que se laboró; en tanto, la segunda será proporcional al monto de los salarios devengados durante el año. En ambos casos, la antigüedad del trabajador debe ser mayor a seis meses.

El reparto de utilidades no se entrega a trabajadoras domésticas; directoras y directores, administradoras y administradores, gerentes generales; profesionistas, artesanas y artesanos, técnicos y demás que presten sus servicios mediante el pago de honorarios y sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.

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