CANCÚN, Q. ROO.- Operativos de revisión a vehículos y transeúntes están facultados en la Constitución Mexicana, Código Penal de Procedimientos Penales, Ley General de Salud, y Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, informó la Secretaría Municipal de Seguridad Pública de Benito Juárez.
A raíz del incremento de ejecuciones a balazos, asaltos a mano armada, robo de vehículos y constantes apariciones de presuntos narco-mensajes, como el encontrado este miércoles en el panteón municipal Los Olivos, cuerpos policiacos y militares incrementaron la implementación de retenes, puestos de control carretero y revisiones en la vía pública.
Debido a que estas acciones preventivas son molestas y hasta ofensivas para la mayoría de las personas, la Secretaría de Seguridad Pública pide la colaboración de ciudadanía y turísticas, pues están enfocadas a la localización de delincuentes, armamento y narcóticos, buscando la preservación de la paz social.
Además, la dependencia policial informa que las verificaciones se hacen amparadas en el Artículo 21, párrafo IX Constitucional, 132 fracción III, 251 fracción III; artículos V, 267, 268 del Código Nacional de Procedimientos Penales; Artículo 479 de la Ley General de Salud, y en los artículos 7, 8, 9, 10 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Antes de una supervisión, policías y militares están obligados a identificarse e informar al ciudadano el motivo del operativo, así como darle a conocer la justificación legal del mismo. En caso de alguna irregularidad en el procedimiento, el agraviado puede interponer su queja en la Dirección de Asuntos Internos, incluso, denuncia ante la Fiscalía General del Estado (FGE).
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