VERACRUZ, JALAPA.- Por medio de votación unánime, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó de manera unánime la sentencia del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) y acuerdos del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), los cuales habían determinado la pérdida del registro de los partidos locales Movimiento Auténtico Social (MAS) y Confianza por Quintana Roo (CQ).
El Pleno de la Sala llegó a tal determinación, ya que fue incorrecto lo resuelto por el Teqroo en cuanto a considerar que la normativa aplicable al caso concreto era el artículo 94, numeral 1, inciso b de la Ley General de Partidos Políticos.
Y el cual fue la base del Ieqroo para decretar la pérdida del registro de los citados partidos políticos.
Lo anterior, toda vez que, con independencia del estudio realizado por Teqroo para justificar su aplicación, este inobservó lo establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Lo anterior, en la acción de inconstitucionalidad 69/2015 y sus acumuladas, respecto a que el Congreso de la Unión carece de competencia para legislar en cuanto a la pérdida del registro de los partidos políticos locales, pues tal facultad corresponde a las legislaturas locales.
Asimismo, se consideró ilegal tanto la determinación del Ieqroo, como lo resuelto por el Teqroo, ya que la legislación local no establece que la pérdida de registro de partidos políticos locales sea a partir de las elecciones de ayuntamientos.
En consecuencia, se determinó revocar la sentencia del Teqroo y la determinación del Ieqroo, a efecto de que los partidos políticos MAS y CQ mantengan los derechos que son inherentes a su registro como partidos locales.
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