Senado prohíbe y sanciona las ‘terapias de conversión sexual’

El pleno del Senado de la República aprobó con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones la reforma al Código Penal Federal y la Ley General de Salud, con la que prohíben y sancionan las terapias de conversión, también conocidas como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual o Identidad de Género (Ecosig).

“Tras más de una década de lucha y seis años de trámite legislativo, aprobamos la prohibición de las mal llamadas terapias de conversión. Las Ecosig incluyen prácticas de violencia sexual, física y psicológica que pueden constituir tortura”, explicó la senadora Olga Sánchez Cordero.

Tras la aprobación, el Senado envió el dictamen al Poder Ejecutivo para que realice el trámite correspondiente y se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

De acuerdo con el documento recibirán una sanción de dos a seis años de cárcel, así como una multa de mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) -de unos 108 mil a 216 mil pesos- a quienes realicen las terapias de conversión, que consisten en someter a las víctimas a electrochoques, abusos sexuales y otras agresiones, con el fin de que se identifiquen como personas heterosexuales.

Cabe mencionar que el castigo se aplicará a quienes realicen, aplique, impartan, obliguen o proporcionen recursos para cualquier tipo de terapia, tratamiento, práctica o servicio que suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

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