CANCÚN, Q. ROO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) convocó a la ciudadanía en general a participar en la consulta púbica del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-171-SEMARNAT-2017, que establece las especificaciones para el desarrollo de actividades de aprovechamiento no extractivo para la observación y nado con tiburón ballena, relativas a su protección y a la conservación de su hábitat.
La consulta pública fue aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y publicada el 12 de enero en el Diario Oficial de la Federación, fecha a partir de la cual tiene una vigencia de 60 días naturales para que los interesados puedan expresar sus objeciones al documento.
La relevancia de este proyecto radica en que regula las actividades de observación y nado con tiburón ballena (Rhincodon typus), con el propósito de que dichas actividades se realicen de manera sustentable, sin afectar negativamente a la especie y a su entorno natural, siendo de particular relevancia para ello la regulación de las características de las embarcaciones, las velocidades de navegación, la forma de acercamiento tanto de las embarcaciones como de los nadadores, así como la restricción de actividades que pudieran representar un riesgo para la especie.
El documento establece que solamente se pueden realizar las actividades de observación y nado con tiburón ballena en embarcaciones autorizadas con eslora de hasta 11 m (36.3 pies); el número máximo de usuarios que se debe transportar por embarcación y por viaje, será de acuerdo con el certificado de seguridad marítima que emite la autoridad competente y sin perjuicio de lo establecido en el plan de manejo correspondiente; todas las embarcaciones autorizadas deben portar una banderola de identificación, la cual será establecida por la Secretaría y se proporcionará al momento de recibir la autorización.
También se menciona que el acercamiento para la observación del tiburón ballena, debe ser por la parte posterior lateral al curso del desplazamiento del ejemplar, manteniendo una distancia entre la embarcación y el mismo que no sea menor a cinco metros, a una velocidad máxima de siete nudos (13 km/h).
La Semarnat dio a conocer que en México está considerado como una especie en riesgo, bajo la categoría de amenazada (A), de conformidad con la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, protección ambiental-especies nativas de México de flora y fauna silvestres-categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-lista de especies en riesgo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2010. Es por ello que se busca proteger a esta especie debido a su baja tasa de reproducción.
Los interesados pueden consultar el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-171-SEMARNAT-2017 en el Diario Oficial de la Federación y solicitar información al teléfono 56 28 06 00 extensión 10928 y al correo electrónico [email protected].
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