Teqroo aprueba la reincorporación de Issac Janix como regidor en Benito Juárez

Los Magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), aprobaron por unanimidad el acta de la Sexagésima Sexta Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Benito Juárez, la cual confirma el reingreso del ex candidato a la presidencia municipal por el partido Fuerza México Issac Janix Alanis, como Primer Regidor.

Asimismo, los magistrados declararon como fundada la solicitud de recusación presentada por el Partido Acción Nacional, Roxana Lili Campos Miranda, en su calidad de Presidenta Municipal electa, y Adrián Armando Pérez Vera, en su calidad de Síndico Municipal electo, ambos del Ayuntamiento de Solidaridad, Quintana Roo, en contra de uno de los integrantes del Pleno, para conocer y resolver de los expedientes JUN/007/2021, y sus acumulados JUN/008/2021, JUN/009/2021 y JUN/013/2021.

Además, toda vez que no fueron posibles acreditar los hechos señalados, declararon inexistentes las conductas denunciadas contra Manuel Tirso Esquivel Ávila, por supuestos actos que no pueden contemplarse como actividades de tipo electoral, efectuando indebidas promesas de campaña; Pedro Francisco Centeno Ku, por supuestas publicaciones de imágenes calumniosas en la red social de Facebook Pedro Joaquín Delbouis, por supuestas infracciones a disposiciones constitucionales y electorales atribuibles al entonces candidato de la coalición “Va por Quintana Roo”.

En el caso del procedimiento especial sancionador presentado por María Trinidad Guillén Núñez en contra de Francisco Ramos Diego, Subdelegado de la Comunidad de Maya Balam, por supuestos actos consistentes en Violencia Política en Razón de Género, por amenazas a la entonces candidata para dejar de hacer campaña electoral y menoscabo a sus logros ante la opinión pública; así como uso indebido de recursos públicos, ordenó el reenvío del expediente del PES/056/2021, al Instituto Electoral de Quintana Roo, para que en su calidad de autoridad instructora, realice los requerimientos de información que se precisan en el Acuerdo Plenario y este Tribunal, esté en condiciones de resolverlo conforme a derecho corresponda.

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