¿Trabajas el 16 de septiembre?; esto es lo que te deben de pagar

Aunque el 16 de septiembre es día de descanso obligatorio por la Independencia de México, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo.

Sin embargo, no todos los mexicanos podrán descansar el próximo viernes 16 de septiembre debido a las circunstancias laborales de cada uno, sin embargo, el salario deberá ser el doble de lo que se gana por día.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, ‘los  trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado’.

En otras palabras es el triple, ya que el patrón deberá pagar el salario normal más el doble de ese monto. Por ejemplo: si un trabajador gana 10 pesos diarios, recibirá 10 pesos y 20 pesos adicionales.

Por otra parte, la Ley señala que si el día de descanso obligatorio coincide con el día de descanso semanal, por ejemplo el domingo, el patrón deberá pagar la prima dominical que marca el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo, la cual equivale a un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.

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