CHETUMAL, Q. ROO.- La Ley de Movilidad Social, Transporte y Vías de Comunicación de Quintana Roo fue reformada por la XV Legislatura. Durante el Periodo Extraordinario de Sesiones desarrollado por los diputados locales, con una votación de 21 a favor y dos en contra se aprobaron reformas que refieren la regulación de plataformas digitales de transporte, como Uber, será solo mediante concesiones.
La reforma a la Ley de Movilidad Social, Transporte y Vías de Comunicación fue realizada por mayoría. Ahora las plataformas digitales prestadoras de servicio de transporte requerirán de concesiones para ello.
Es importante destacar que las concesiones de servicio público son diferentes a las que se requerirán para las plataformas virtuales, precisó el presidente de la Comisión de Transporte, Mario Baeza Cruz.
Son dos cosas diferentes… Una concesión de transporte público no sirve para prestar el servicio de plataformas digitales… Tienen que sujetarse a normatividades diferentes”, sostuvo.
Reiteró que las plataformas virtuales están obligadas a contar con concesiones para el servicio de transporte. Esta reforma fue aprobada por mayoría.
En caso de que algún agente, como Uber, por citar un ejemplo, se sienta agraviado, puede recurrir al amparo.
Cabe mencionar que la iniciativa de reformas a la Ley de Movilidad enviada por el Ejecutivo y aprobada ya en comisiones, tienen que ver también con la vigencia de concesiones o placas de taxi.
En la ley actual se establecen a 99 años, en tanto, en la ley aprobada en mayo (pero que aún no entra en vigor), tienen una vigencia de 20 años. En la reforma enviada por el Ejecutivo se establece que sean de manera indefinida, salvo que cumplan con los requisitos que la propia ley marca y siempre y cuando no incurran en actos marcados como causal de revocación de la concesión.
El tema es que el servicio público de transporte de pasajeros a través de plataformas digitales o tecnológicas es susceptible de ser considerado como un servicio que el propio estado pueda prestar y pueda ser a través de una concesión.
Al respecto los diputados locales mencionaron que se han revisado resoluciones de la Suprema Corte y en esa parte la Corte ha dejado que las Legislaturas establezcan cual deba ser la forma: concesión o permiso (autorización).
La iniciativa plantea que el servicio público de transporte de pasajeros sea considerado a través de plataformas como de un interés general del estado, por ello se considera que sea mediante una concesión.
El resto de los requisitos que se establecieron en la Ley de Movilidad publicada se mantienen intactos, sólo el acto administrativo por medio del cual el estado va a autorizar estas plataformas será una concesión y esta concesión no la va a entregar el Ejecutivo tampoco, la va a entregar el Instituto de Movilidad.
Se establecen también estudios de proporcionalidad para que no sólo el tema de plataformas digitales, sino también en el tema de placas, se hagan bajo los criterios de qué es lo que necesita la ciudad y que número necesita la ciudad. Evitamos saturar la oferta de transporte en los municipios.
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