Un juzgado federal ordenó al gobierno modificar la política nacional de vacunación contra Covid-19 y comenzar a vacunar a todos los menores de edad del país y no solo a aquellos que puedan estar en riesgo de contagiarse del virus SARS-CoV-2.
Claudia Irene Gámez Galindo, secretaria del juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, concedió una suspensión definitiva a una menor de edad, medida cautelar que tiene efectos generales.
En su resolución deja claro que su fallo no tiene el ánimo de generar un desequilibrio en el funcionamiento y estrategia contra el Coronavirus, sino proteger el derecho humano a la salud de un sector que no ha sido contemplado por las autoridades.
Bajo ese argumento, el juzgado dio un plazo de 48 horas al gobierno federal para que comience a inocular a todos los menores con la vacuna Pfizer-BioNTech. Asimismo, precisó que de existir desabasto del biológico, no se puede considerar una justificación para no cumplir con la medida.
El estado deberá destinar el máximo de recursos a menores de edad
Gámez Galindo indicó que existen precedentes en diversos temas.
“Además, diversos órganos jurisdiccionales han adoptado medidas similares en temas relacionados con regulaciones energéticas que involucran a un sector de la producción; en consecuencia, por mayoría de razón, si el derecho a la salud, en el caso específico involucra a todos los niños, niñas, y adolescentes del país (menores de 18 años), es inconcuso que este determinación debe hacerse extensiva a la generalidad, pues se busca la protección de ese sector de la población frente a la pandemia ocasionada por el virus covid-19, que evidentemente también afecta a los infantes”, explicó.
El juzgado federal también indicó que el Estado debe adoptar las medidas necesarias para lograr la efectividad en la vacunación en menores de manera progresiva, incluso señaló que debe destinar el máximo de recursos que disponga a los menores de edad para garantizar el derecho a la salud.
Registro
Recordó que, a partir del 1 de octubre del año en curso, en la página http://vacunacovid.gob.mx, se puede llevar a cabo el registro de menores de 18 años (adolescentes de 12 a 17 años), especialmente aquellos con comorbilidades de riesgo, así como a las adolescentes embarazadas a partir de la novena semana.
Sin embargo, no se contempla a todos los adolescentes del país que se encuentran en ese rango de edad, quienes por no presentar algún padecimiento de los que se describen en la página web, quedan excluidos de la política nacional de vacunación contra el virus, lo que atenta contra su derecho humano a la salud consagrado en el artículo 4, constitucional.
“Si bien es cierto, es prioritaria la inoculación de los menores que presentan algún padecimiento, igualmente cierto es, que los que se consideran médicamente sanos, no están exentos de contagiarse del virus, que les puede ocasionar graves daños a su salud o incluso a perder su vida; por lo cual, los esfuerzos de las autoridades del Estado para combatir eficazmente la pandemia ocasionada por el virus SARS-CoV-2 deben estar encaminados a garantizar el derecho humano a la salud a la colectividad, en el caso específico, a todos los adolescentes de entre doce y diecisiete años de edad”, apuntó.
Gámez Galindo advirtió que el incumplimiento de la medida cautelar implica el delito de abuso de autoridad previsto por el artículo 262 fracción III y 265 fracción I, de la Ley de Amparo y sancionado por el numeral 215 del Código Penal Federal, “por lo que cualquier violación a la misma dará lugar a que se dé vista al agente del Ministerio Público de la Federación”.
El fallo aún puede ser impugnado por el gobierno federal, si presenta un recurso de revisión para que lo analice un Tribunal Colegiado.
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